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Publicado por: Genbeta

Publicado en: 21/03/2022 14:30

Escrito por: Marcos Merino

Así deberemos detallar nuestras criptomonedas en la Declaración de la Renta 2021: os presentamos la nueva 'casilla 46'

Así deberemos detallar nuestras criptomonedas en la Declaración de la Renta 2021: os presentamos la nueva 'casilla 46'

En tan sólo 3 semanas, a partir del próximo 6 abril, podremos empezar a llevar a cabo los trámites de la Declaración de la Renta de 2021. Pero este año deberemos tener en cuenta un elemento nuevo a la hora de realizar esa declaración… al menos, en el caso de que seamos propietarios de algún tipo de criptodivisa (Bitcoin, Ethereum, Dogecoin, Monero, etc).

La novedad no radica en que por primera vez podamos declarar las criptomonedas que poseemos: de hecho, ya se venía haciendo en el apartado genérico de "Demás bienes y derechos de contenido económico" (casilla 22)…

…aunque es cierto que sólo es obligatorio declararlas desde la aprobación, hace unos meses, de la nueva Ley contra el Fraude. Sencillamente, ahora deberemos detallar esta información en una nueva casilla propia, la 'casilla 46', bajo el título "Saldos en monedas virtuales".

Aunque no tendremos ocasión de tramitar la Declaración hasta el mes que viene, desde febrero ya contamos con varios modelos de la misma (publicados en el BOE) donde podemos ver dónde deberemos reseñar nuestros fondos en criptos. Podremos encontrar la casilla justo encima de la antes citada de "Demás bienes", y dentro de una sección más amplia de "Bienes y derechos".







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Pero, ¿cuándo deberemos declarar que tenemos criptomonedas en nuestro poder? ¿Si tenemos el equivalente a dos euros en bitcoins muriéndose de risa en un monedero electrónico, estamos obligados también a …

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