El Tribunal Supremo confirma la condena de enaltecimiento del terrorismo a un tuitero por retuitear una foto en su perfil de la red social.
Las redes sociales, y en especial Twitter y Facebook, han pasado a convertirse, por favorecer el anonimato y el poco contraste de fuentes, en unas plataformas brutales para la promoción de noticias falsas, de la violencia o del odio. No son pocas las ocasiones en las que algún twittero, que amparado en el anonimato, utiliza su cuenta en la red para cometer este tipo de delitos de odio, amenazas o, en menor medida, enaltecer al terrorismo.
Hasta ahora, y a pesar de las actuaciones de la Fiscalía en los últimos años respecto a la utilización de Twitter para el enaltecimiento del terrorismo. Cassandra Vera o el ex-edil de Madrid, Guillermo Zapata, son algunos de los ejemplos de este extremo, tuiteros perseguidos por la justicia por supuestamente utilizar las redes para enaltecer el terrorismo, que el caso de Cassandra Vera se saldó con una condena por parte de la Audiencia Nacional de un año de cárcel por humillación a las víctimas, pero no siempre está claro en todos los casos.Ahora en una sentencia histórica, la Sala Segunda del Tribunal Supremo ha arrojado un poco más de luz sobre este asunto, sobre cuándo se comete un delito en redes sociales en relación para el enaltecimiento del terrorismo. Y es que el alto tribunal ha sentenciado que retuitear mensajes o imágenes de apoyo a ETA o de homenaje a los …