Algunos lo absorbieron, y otros tantos no: aunque la Ley del IVA fue reformada para incluir servicios digitales, y para que empresas en el extranjero que tienen servicios a través de Internet en México terminaran por tributar, al final, los servicios de nube quedaron exentos, y las tiendas de aplicaciones aplican el impuesto de forma desigual.
"La Ley fue aprobada al vapor" dice Sissi de la Peña, Gerente de Comercio Digital y Organismos Internacionales de la Asociación Latinoamericana de Internet. Antes la misma declaración ha sido hecha por Mercado Libre, pues su modelo de negocios, aseguran, no fue previsto en la ley, y todas las plataformas de comercio electrónico quedaron obligadas a tributar en un esquema poco favorable para vendedores. Así, no sería una sorpresa que el que los servicios de nube no estén contemplados en la Ley se trate de un hueco legal, como lo sugiere Daniel Mier, especialista de la Escuela de Negocios ITESO en temas fiscales.
El especialista fiscal piensa que la Ley da suficiente margen para que tanto Google como Apple no estén cobrando IVA en sus servicios de iCloud y Google One, por el que rentan almacenamiento en nube a usuario final.
Recibo de Google Play.
Recibo de iCloud
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