Hace cerca de dos años, la Seguridad Social ganaba el primer juicio a Deliveroo. El Juzgado de lo Social número 19 de Madrid dictaba sentencia en un litigio decisivo y más de 500 riders eran considerados asalariados y, por tanto, falsos autónomos. La compañía británica recurrió.
Primero al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que rechazó el recursos ratificando por unanimidad la condena a principios de 2020, y más recientemente al Tribunal Supremo que ha respaldado la laboralidad de los más de 500 repartidores de Deliveroo, según hemos conocido este miércoles.
El alto tribunal recuerda en su decisión algunos de los motivos que el TSJM esgrimió para demostrar la laboralidad de los más de 500 'riders' con Deliveroo
"El TS no aprecia interés casacional en el recurso"
El Colectivo Ronda, la cooperativa legal que defendía a los riders implicados en este proceso, ha comunicado en Twitter que el alto tribunal ha inadmitido el recurso presentado por la multinacional contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
"El Tribunal Supremo no aprecia interés casacional en el recurso", explican, dado que este mismo órgano judicial ya se pronuncio sobre la laboralidad de los repartidores de plataformas digitales considerando a un repartidor de Glovo como falso autónomo al ver acreditada una relación laboral entre el mismo y la compañía para la que prestaba servicio.
El auto, al que ha podido tener acceso elDiario.es, señala que "la falta de contenido casacional es clara …