En abril pasado comentábamos la aprobación de reformas a la Ley de Aviación Civil y a la Ley de Protección al Consumidor por parte de la Cámara de Diputados, mismas que tienen como objetivo proteger los derechos de los usuarios de las aerolíneas en México. Dichas reformas han sido ratificadas por el Senado de la República y esta semana han sido publicadas en el Diario Oficial de la Federación.
Entre otras cosas, las reformas aplicadas establecen compensaciones para el usuario en caso de vuelos retrasados o cancelados, el derecho de los pasajeros con discapacidad a ser transportados, el traslado de los pasajeros a su destino final cuando el aterrizaje se realice en un lugar diferente al contratado y los procedimientos a seguir en el caso de sobre expedición de boletos, entre otros que a continuación señalamos. Todos ellos debiéndose aplicar en igualdad de condiciones para todos los pasajeros sin discriminación alguna.
Se establece el derecho de las personas con discapacidad a ser transportados, por lo que las aerolíneas están obligadas a establecer mecanismos que garanticen su traslado. Estos pasajeros, además, no deberán recibir cargos adicionales por el transporte de los instrumentos inherentes a su condición, tales como sillas de ruedas, prótesis, andadores, bastones o cualquier otro dispositivo personal asociado a su discapacidad.
Las aerolíneas están obligadas a expedir sin costo alguno un boleto sin derecho a asiento o a equipaje a los niños menores de dos años que viajen al cuidado de un adulto y éste podrá transportar sin cargo adicional …