Primero el INAI, ahora el Instituto Federal de Telecomunicaciones. Una nueva acción de inconstitucionalidad en contra del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil se avecina.
El IFT comunicó que no podrá destinar recursos al PANAUT para el ejercicio fiscal 2021 a falta de presupuesto designado, pero además, dice que el padrón podría afectar directamente las garantías de los artículos quinto y sexto de la Constitución.
El acceso a telecomunicaciones son derechos fundamentales
El artículo sexto establece que todo mexicano tiene derecho a la libre manifestación de ideas, así como a acceder a información plural y oportuna y difundir información de toda índole por cualquier medio de expresión. El artículo además dice que será el Estado quien garantice el acceso a las tecnologías de la información y comunicación.
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Mientras tanto el artículo quinto de la Constitución establece que todos los mexicanos pueden dedicarse a la profesión, industria, comercio o trabajo que les acomode siempre y cuando sean lícitos.
El Instituto Federal de Telecomunicaciones esgrime los dos artículos para argumentar que los servicios de telecomunicaciones son esenciales y deben ser garantizados al suponerse derechos fundamentales.
El PANAUT fue aprobado a finales del año pasado por la Cámara de Diputados y el 13 de abril pasado por el Senado. El acuerdo de su creación se publicó en el Diario Oficial de la …