Tras años de debate en el seno de la Unión Europea y en Internet, por fin ha llegado el día. El Boletín Oficial del Estado (BOE) recoge la transposición de la directiva de Copyright, en un texto ahora conocido como 'Ley Iceta', al ser Miquel Iceta ministro de cultura. De esta forma, ya sabemos cómo se aplicará el polémico artículo 17 que regulaba la responsabilidad de las plataformas sobre los contenidos alojados, y que les obligaba a establecer filtros algorítmicos sobre ellos para no recibir cuantiosas multas.
España ha realizado esta transposición tarde, y según los expertos, mal. En lugar de haberse producido un debate parlamentario, el Gobierno de Pedro Sánchez ha aprobado el texto como Real Decreto Ley, sin haber tenido en cuenta la opinión de las plataformas y de activistas de libertad de expresión y de la propiedad intelectual. Veamos cómo se aplica todo en la legislación nacional (sabiendo que al ser Decreto Ley, el Congreso aún debe convalidarlo en un plazo de 30 días).
Así es nuestro artículo 17, el artículo 73
El artículo 73 del Real Decreto-Ley 24/2021, de 2 de noviembre es el que se corresponde con el 17 de la directiva de copyright, y es donde está, por tanto, la polémica.
El texto considera que los prestadores de servicios realizan comunicación al público cuando ofrezcan al público contenidos protegidos por derechos de propiedad intelectual subidos por los usuarios de las plataformas. Para que esa comunicación publica pueda …