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Publicado por: Xataka Mexico

Publicado en: 01/08/2018 19:03

Escrito por: Oscar Steve

La pornografía en México y su supuesta ilegalidad de la que todos hablan, explicada

La pornografía en México y su supuesta ilegalidad de la que todos hablan, explicada

Varios medios han difundido
la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por la que, dicen, ha avalado tipificar toda pornografía distribuida en cualquier medio, como delito sexual.

El tema es algo más complejo de lo que parece, no solo por la naturaleza del artículo 15 de Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia de las Víctimas, sino también porque la redacción ha provocado confusiones desde su aprobación por el Congreso de la Unión en el año 2014.

En efecto, la discusión no es nueva, y lleva tanto tiempo ya, que ha tenido que ser la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación la encargada de resolver el tema.

El artículo 15 de la citada ley, tal y cómo fue redactado, es el siguiente:

Será sancionado con pena de 5 a 15 años de prisión y de un mil a 30 mil días multa, al
que se beneficie económicamente de la explotación de una persona mediante el comercio, distribución,
exposición, circulación u oferta de libros, revistas, escritos, grabaciones, filmes, fotografías, anuncios
impresos, imágenes u objetos, de carácter lascivo o sexual, reales o simulados, sea de manera física, o a
través de cualquier medio

La discusión sobre la ambigüedad del artículo tiene todo que ver con lo que se considera "explotación". El texto podría leerse como si el puro hecho de difundir material sexual sobre alguien, …

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