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Publicado por: Genbeta

Publicado en: 08/11/2017 13:28

Escrito por: Toni Castillo

La primera sentencia en España sobre el uso de P2P absuelve al demandado

La primera sentencia en España sobre el uso de P2P absuelve al demandado

Verano de 2017. Decenas de usuarios de Bilbao y San Sebastián reciben en sus domicilios cartas de un bufete de abogados bilbaíno exigiéndoles el pago 475 euros. ¿La razón? Según los letrados de este despacho, "poner a disposición o difundir de forma directa o indirecta" un fichero correspondiente a la película Dallas Buyers Club "mediante un programa cliente P2P". Una reclamación inédita en España.

Este hecho sin precedentes en nuestro país, aunque visto a principios de año en Australia precisamente con el mismo largometraje, comenzaba con una "fase previa, por vía amistosa". Ese primer paso era la misiva recibida. Si en el plazo de 10 días no se abonaba la cantidad exigida en ella, se amenazaba con pasar a la vía judicial. Y se pasó en varios de los casos.

Sin embargo, la historia ha terminado en el día de hoy: en la primera sentencia en España referida al uso de redes P2P se absuelve al demandado. Así lo avanzado esta tarde en Twitter el abogado David Bravo.

La IP no vale como prueba única, ni la "puesta a disposición" es clara

Precisamente Bravo, letrado especializado en derecho informático y propiedad intelectual con el que Genbeta ha hablado, fue uno de los profesionales que durante aquellos días atendió testimonios de algunos de aquellos usuarios. Y ya entonces, resaltó un detalle: en su opinión, la consecución de las IP de los internautas mediante una resolución judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Bilbao no se ajustaba a la Ley …

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