La llamada "explotación laboral" suele usarse en el lenguaje coloquial para catalogar a ciertos empleos donde se exceden las jornadas o cargas de trabajo. Sin embargo, esto ya está catalogado como un delito.
Si bien este tema era clasificado como trata de personas, aplicaba únicamente para los casos en que se presentaran condiciones peligrosas o insalubres sin la protección necesaria. Con la entrada en vigor de la nueva reforma ahora se establece como trata de personas a las jornadas que superen las establecidas por la Ley Federal del Trabajo. La sanción: hasta 12 años de prisión.
Fue por medio del Diario Oficial de la Federación que se hizo público el Decreto en el cual la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas incorporó a los casos donde se presenten horarios laborales más extensos de lo permitido como delito sancionable.
Esto quiere decir que, de manera general, será castigado con una pena de entre tres y 10 años de prisión, sumado a una sanción que va desde 5,000 hasta los 15,000 días multa.
Casos en los que aplica la nueva reforma
Sin embargo, la sanción será todavía más dura cuando se trate de personas pertenecientes a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas. En estos casos, las penas previstas serán de 4 a 12 años de prisión, y desde 7 mil hasta 70 mil días multa.
Vale la pena recordar que, de acuerdo con la LFT, …