La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha multado a Facebook y WhatsApp con 300.000 euros a cada compañía por cruzar los datos de los usuarios sin su consentimiento.
La Agencia deja claro que se trata de una "infracción grave", y es por eso que se aplica la cantidad máxima para este tipo de casos. Facebook compró WhatsApp en 2014 por 16.000 millones de dólares, y los que ya estábamos utilizando la aplicación nos vimos obligados a aceptar las nuevas condiciones si queríamos continuar haciéndolo.
De esta manera, Facebook utilizó los datos de WhatsApp para "mejorar la experiencia con los productos y publicidad en Facebook". Carlos Sánchez Almeida, abogado especializado en protección de datos y delitos informáticos, reincide en lo grave de esta situación:
"Tú te das de alta en un servicio de mensajería para comunicarte con otras personas, no para que te llegue spam de manera masiva".
No sería descabellado pedir 1.000€ por persona
Carlos recuerda que estamos ante una infracción calificada como "grave", y asegura que cada usuario de WhatsApp está en su derecho de denunciar a la compañía por el uso indebido de sus datos.
Afirma que lo habitual en estos casos es recurrir a una asociación de consumidores, ya que así la cifra sería mayor y se evitarían gastos judiciales. Cree que pedir 1.000 euros por usuario no sería descabellado.
Obviamente, puntualiza que habría que estudiar cada caso y ver hasta qué punto es perjudicial esta intromisión a la …