Tarde pero haciendo daño al consumidor, como siempre. Así llega el nuevo canon de copia privada aplicado a aparatos de copia y reproducción de contenidos.
Hasta hoy no se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), pero como explican en Civio, llega con retraso (y como veremos, mal), pues el plazo para su aplicación expiraba el 1 de agosto de este año. El desarrollo del artículo 25 del "texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual" explica detalles sobre cómo afectará el nuevo canon al consumidor. Sobre eso van algunas preguntas y respuestas.
En Xataka
Preguntas y respuestas sobre el nuevo Canon Digital: quién tendrá que pagarlo, cuánto y por qué
¿De dónde viene el canon de copia privada?
La historia del canon digital en España viene de muy atrás. En concreto, apareció de forma privada en 2003, cuando los fabricantes de soportes ópticos se comprometieron con las entidades de gestión para aceptar un tarifa en CDs y DVDs vírgenes.
A partir de ahí, en 2006 el Gobierno de Zapatero aprobó una revisión de la Ley de Propiedad Intelectual que establecía la compensación por copia privada. La ley entró en vigor en 2008, con tasas sobre soportes ópticos, copiadoras y multifuncionales y reproductores. En 2010 el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) declaró que el canon era un "abuso" para empresas y Administración, y un año después, la Audiencia Nacional lo anulaba.
…