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Publicado por: ABC

Publicado en: 14/07/2018 20:24

Escrito por: (abc)

¿Puedo dejar en herencia mis cuentas en redes sociales tras morir?

¿Puedo dejar en herencia mis cuentas en redes sociales tras morir?

Esta semana se conocía la sentencia dictada por el Tribunal Federal de Justicia de Karlsruhe, en Alemania, por la que se otorgaba el derecho a unos padres de acceder a la cuenta de Facebook de su hija fallecida de 15 años. Esta decisión ha abierto el debate sobre la identidad virtual de los usuarios una vez que mueren o hasta qué punto las empresas tecnológicas se pueden encargar de dilucidar su destino. En este caso concreto, la Justicia alemana daba la razón a los padres, que en un principio recibieron la negativa de la red social creada por Mark Zuckerberg porque podría violar el contenido privado de otros usuarios que se comunicaron con ella.

La sentencia dictada este jueves recoge que, al igual que el correo postal o los diarios personales, las cuentas en redes sociales forman parte del patrimonio de la fallecida, cuyos padres querían acceder a su información en Facebook para encontrar pistas sobre si su muerte, que se produjo al caerse la menor a las vías del metro de Berlín en 2012, fue un accidente o un suicidio. El fallo sienta un precedente en Alemania que se podría aplicar no solo en el caso de Facebook, sino de otras redes sociales, obligando a las tecnológicas a facilitar las claves y contraseñas a los herederos, que hasta ahora solo podían pedir que la cuenta se convirtiese en un «perfil conmemorativo» o eliminarla directamente. Pero, ¿qué ocurre al respecto en España?

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