El correo electrónico se ha convertido en una puerta de entrada para la publicidad. A diario todos recibimos varios emails con ofertas de un nuevo producto que ha salido al mercado o con promociones que te pueden interesar de una tienda en la que te has registrado. Pero a veces recibimos este tipo de emails sin conocer el remitente que lo envía, y que ni siquiera le hemos dado nuestro consentimiento. Esto tiene una sanción económica, tal y como ha reconocido la AEPD.
La abogada Alba del Campo a través de su cuenta de Twitter ha lanzado la siguiente pregunta: ¿Deben los correos electrónicos publicitarios incluir mecanismos que posibiliten su rechazo? Todo esto a raíz de una resolución de la AEPD tras recibir una denuncia por parte de un usuario que no dio consentimiento para recibir una comunicación comercial.
Multada por enviar un correo promocional sin permiso
La legislación actual en España establece que está prohibido enviar comunicaciones promocionales a través del correo electrónico si no se cuenta con la autorización previa. Esto es algo que se consigue normalmente a la hora de realizar un registro una página web y se marca la casilla correspondiente para recibir este tipo de comunicaciones.
Si bien, hay un pequeño a tener en cuenta: si existe una relación contractual previa no es necesario tener permisos de manera expresa para recibir comunicaciones. Pero únicamente para recibir información promocional de productos y servicios de la …