¿Fin a la barra libre de datos? Eso está por ver, en realidad, pero el nuevo Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) que será de obligado cumplimiento a partir del 25 de mayo promete un marco más garantista para los usuarios y una serie de obligaciones para las empresas, no solo las que operan exclusivamente en el sector de la innovación y la tecnologías.
En principio, recalcan expertos en derecho digital consultados, las exigencias europeas vienen a ofrecer protecciones para los usuarios, empleados y clientes. Uno de los factores determinantes es, sin lugar a dudas, la existencia de un consentimiento expreso y no tácito como venía sucediendo hasta ahora. Una medida que, en principio, contribuirá a una mayor transparencia acerca del tráfico de información privada de cada ciudadano. Las empresas estarán obligadas a adoptar este marco legal dado que su incumplimiento las expondrá a cuantiosas sanciones de hasta 20 millones de euros o hasta el 4% de la facturación anual.
Consentimiento expreso y no tácito
Esta es, sin lugar a dudas, una de las medidas más importantes para beneficio de los usuarios ante las empresas que tratan información personal. Con la nueva norma, los responsables de los servicios deberán ofrecer al usuario todas las posibilidades de aceptación o rechazo. Habrá que darles el premiso expreso y no tácito como hasta ahora. Así, en los casos en los que sea necesaria una aceptación expresa esta tendrá que ser libre, «no pudiendo ser obligado el usuario a aceptar un …