“Esta grabación puede ser grabada”. Seguro que todos conocemos esta frase que escuchamos cuando llamamos a nuestra operadora de telecomunicaciones, a nuestro banco, a nuestra compañía eléctrica, a nuestra compañía de gas… Aunque tiene más sentido cuando se celebran contratos de voz, lo cierto es que se utiliza en casi todas las ocasiones. No obstante, al final de la llamada no sabemos si realmente se ha grabado o no la llamada. Sea como fuere, acabamos de conocer una resolución de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) que confirma que podemos exigir las conversaciones grabadas por operadoras. Os damos todas las claves tras el salto.
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