El BOE o Boletín Oficial del Estado ha publicado hoy información sobre un acuerdo europeo que puede cambiar las reglas de las personas que trabajan en remoto. Es un acuerdo que entró en vigor el 1 de julio y que ahora ya aparece oficialmente en el BOE.
Entre otro asuntos, quienes teletrabajen de forma habitual en un país distinto al de la empresa para la que realizan sus funciones, pueden pedir que se les apliquen las reglas del país donde esté la sede de la compañía y no de donde viven.
En Genbeta
Esta web es un filón para encontrar teletrabajo: está centrada en Europa y te indica la flexibilidad real de cada empresa
El gobierno de España ya había dicho previamente que una de sus misiones durante su presidencia de la Unión Europea sería la de crear un marco común para regular el teletrabajo en los países miembros de la UE.
Este acuerdo ha sido firmado, al menos por el momento, por estos países: Alemania, Suiza, Liechtenstein, República Checa, Austria, Países Bajos, Eslovaquia, Bélgica, Luxemburgo, Finlandia, Noruega, Portugal, Suecia, Polonia, Croacia, Malta, España y Francia.
Qué se conoce del acuerdo
La información que da el BOE deja muchos cabos sueltos y no menciona nada relacionado con el pago de impuestos. Según publica Xataka, este documento permite que cualquier ciudadano residente en los países mencionados pueda teletrabajar en cualquier otro país que haya firmado este …