El auto judicial de la semana pasada sobre la identificación de usuarios de emisiones no autorizadas de LaLiga está generando gran debate y trayendo mucha cola (y lo que queda). Tanto, que según a quién preguntes, el texto en cuestión autoriza a LaLiga a hacer cosas totalmente diferentes.
En su momento ya planteamos (haciéndonos eco de la opinión de dos abogados expertos en derecho digital) que, si bien en todo momento parece dirigido a la identificación de aquellos que mediante cardsharing realizan redifusión de los partidos, existía la posibilidad de usar dicho auto para justificar la identificación de usuarios finales (es decir, de meros espectadores).
Ahora, el intento del Departamento de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de aclarar qué dice el auto de marras sólo ha generado una respuesta en X del mismísimo Javier Tebas, presidente de LaLiga, que sostiene (como era de prever) otra interpretación.
En Genbeta
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¿Qué dice la Justicia?
Aquí tenemos un extracto del comunicado del TSJ de Cataluña:
"El juzgado de lo Mercantil nº 8 de Barcelona ha admitido la diligencia preliminar solicitada por LaLiga y requiere a las tele operadoras para que faciliten los datos personales de quienes comparten ilícitamente sus contenidos, es decir, únicamente de los “cardsharers” que re difunden a terceros la señal y …