¿Qué pasaría si un empleado fuera sorprendido viendo porno en su ordenador durante la jornada laboral? ¿Sería motivo suficiente para despedirlo? La respuesta, según una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, es que no. El tribunal ha considerado que este hecho no reúne la nota de gravedad suficiente para justificar un despido disciplinario y ha condenado a una empresa a readmitir a un trabajador que fue despedido por esta razón.La sentencia a la que ha tenido acceso elDiario.es establece que el empleado fue sorprendido viendo porno y masturbándose durante su jornada laboral por una compañera. Esta situación supuso su despido, pero ahora la situación ha cambiado.El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña no considera que ver porno en el trabajo sea motivo de despidoEl despido ocurrió en el 2020, el trabajador recurrió el despido ante el Juzgado de lo Social, que le dio la razón y declaró el despido improcedente. La empresa, a su vez, recurrió ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que ha confirmado la sentencia del juzgado. ¿Por qué ha dado la razón el Tribunal Superior al trabajador?La clave del asunto se encuentra dentro de la fase de instrucción, durante este periodo solo se constató la situación que hace referencia al trabajador viendo porno en jornada laboral. No se dejó constancia del supuesto acto de masturbación, dejándolo fuera de la fase de instrucción y haciendo que el Tribunal de Justicia de Cataluña obrase en favor del trabajador.La Justicia sentencia que ver porno durante …