Hace ya dos años, en plena pandemia COVID, algunas universidades españolas pusieron encima de la mesa el uso de sistemas de reconocimiento facial a la hora de realizar los exámenes online que habían empezado a implementar de manera extraordinaria como medida de prevención sanitaria. El uso de esta tecnología biométrica buscaba evitar que los alumnos recurrieran a técnicas fraudulentas durante la realización de los exámenes.
El asunto llegó a las manos de la AEPD, y dictaminó que, aunque era factible hacer uso de dicha tecnología, en ausencia de una ley que lo regulase no podía imponerse a ningún alumno, por lo que las universidades afectadas debían ofrecer alternativas.
Nueva denuncia ante la AEPD
Sin embargo, un año después, una de esas universidades, la Universidad Internacional de La Rioja, fue denunciada por varios estudiantes individuales y asociaciones de la misma por no sólo mantener dichas medidas, sino sumar a ello una novedad: la incorporación del "requisito obligatorio de que los alumnos examinados instalen una segunda cámara, además de la frontal que ya se venía utilizando" (la de la webcam),
"obligando a que dicha cámara enfoque el entorno del alumno, y se visualicen sus dos manos, su cuerpo y sus pantallas de trabajo, de forma que se vea claramente lo que está haciendo. De no hacerlo así, y según se denuncia, el estudiante obtendrá la calificación de cero en el examen, pudiendo motivar la pérdida de la evaluación continua".
Esta segunda cámara podía ser la de un smartphone …